Agrupación de Vecinos y Amigos de Llanes

De Las Asturias

Nace la Agrupación de Vecinos y Amigos de Llanes, AVALL, en el año 1991, en este concejo asturiano que en aquellos momentos está siendo protagonista absoluta de la vida pública la Corporación Municipal, cuando unas nuevas Normas Subsidiarias se convirtieron en protagonistas de una de las mayores polémicas de la democracia asturiana, en la que participaron personajes que deberían ser enumerados por algún colaborador de LasAsturias.org, la página que acoge este debate que ha consumido tantos años de la vida llanisca.

La ignorancia entre la generalidad de la población en materia de ordenación urbanística era entonces masiva y profunda. El interés es ahora general desde que se destapó la olla marbellí.

Un pequeño grupo de llaniscos y residentes venidos de otros lugares perciben con claridad la intención netamente especuladora de dichas Normas Subsidiarias y se deciden a constituirse en asociación para poder hacer frente , vía administrativa, y jurídica si fuera necesaria, a un sistema de desarrollo, que se estaba fraguando, y que en un concejo como Llanes, donde la carencia de industria y por lo tanto de empleo, por una parte y la ignorancia en la materia ya citada por otra, forman un caldo de cultivo esplendido para instalar un sistema especulativo que terminaría, no sólo con un medio ambiente privilegiado hasta el momento, sino también con el prácticamente único sistema de vida de la zona : el turismo de calidad, que busca un medio ambiente prácticamente virgen y una calidad paisajística envidiable.

Marbella del Norte

En efecto, pasado un tiempo muy corto, se ve con claridad que la información privilegiada y el propio sistema político y social comienzan a establecer toda una red de “pelotazos urbanísticos” a través de esas Normas Subsidiarias, que por otra parte contravienen las leyes establecidas para su confección en no pocos aspectos. La lucha de AVALL se establece principalmente en un estudio administrativo y jurídico, profundo y minucioso, de la normativa que pretende aprobarse y al mismo tiempo y sobre todo sus afiliados informan a la población de lo que se está fraguando. Paralelamente, las distintas fuerzas políticas que componen la corporación municipal, gobernada con mayoría absoluta por el PSOE, establecen una fuerte lucha entre ellas, provocando en los grupos de oposición divisiones, dimisiones y transfuguismo. Todo ello alcanza una gran difusión mediática, hasta convertirse, durante años (puede decirse que hasta nuestros días), en un asunto de interés para todos los asturianos, que miran con atención hacia lo que está ocurriendo en Llanes, localidad a la que en no pocas ocasiones se la cita en los medios de comunicación como la “Marbella del Norte”. También entre la población, que comienza a “entender en la materia” a fuerza de discutirla, se establece un debate que en los momentos mas álgidos causa una gran división social entre partidarios y detractores de las normas Subsidiarias que apoya el gobierno municipal.

AVALL es el referente principal de información para todos ellos : todo cuanto no se sabe, generalmente porque el sistema lo oculta, AVALL lo ventila y además lo explica públicamente, lo cual interrumpe no pocas veces las intenciones de un gobierno mayoritario, decidido a aprobar una normativa que AVALL y muchos ciudadanos tildan de especulativa e ilegal. Como quiera que el gobierno municipal no rectifica, AVALL, en tiempo y forma recurre, vía contencioso-administrativa, las Normas Subsidiarias de Llanes aprobadas en 1992. En 1997 el Tribunal Supremo, después de haberlo hecho el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, declara dichas normas nulas de pleno derecho y todos cuantos actos administrativos se hayan derivado de ellas. Pero en el transcurso de esos años que la Justicia se ha tomado para asumir dicha sentencia, el gobierno local se ha dedicado, temiendo su propio fracaso, a la fabrica de un Plan General de Ordenación Urbana, tan destructor , especulativo e ilegal, o quizá mas, que la normativa anulada, el cual se encuentra en vigor y pleno desarrollo.

En el mismo espacio de tiempo AVALL, desarrolla una incesante labor de información ciudadana y trabaja al mismo tiempo en otros aspectos de la vida social llanisca, organizando debates públicos y conferencias, colaborando con el Instituto de Enseñanza Media de Llanes en actos culturales y con otras asociaciones vecinales locales defendiendo y protegiendo el Patrimonio Histórico.

Finalmente, en el verano de 2003 AVALL toma la decisión de solicitar la Declaración de Utilidad Pública para la agrupación y comienza los preparativos de la complicada gestión administrativa. Recibe informe favorable de la Administración del Principado de Asturias, mas tarde del Ministerio de Hacienda, y finalmente el Ministerio del Interior, a la vista de un expediente que les sorprende por su espesor y alto grado de actividad altruista en beneficio del interés general, declara Asociación de Utilidad Publica a AVALL el 12 de mayo de 2004.

Dicha declaración recibe numerosas felicitaciones de asociaciones y particulares de Llanes y de toda Asturias, y procura un profundo enfado en el PSOE local, que si ya vio su “labor política” abochornada por el Tribunal Supremo en 1997, ahora no soporta que además se le den facilidades de trabajo a un grupo vecinal que demuestra día a día una gran capacidad de trabajo y que obtiene gratuitamente la colaboración de numerosos profesionales, (abogados, notarios, arquitectos, aparejadores, biólogos etc,) que anónima y gratuitamente colaboran con AVALL ofreciendo sus conocimientos en múltiples materias. (Sirvan como ejemplo las conferencias que imparten en el IES de Llanes los Doctores Doña Margarita Salas, Presidenta de la Real Academia de la Ciencias de España, o el Dr. Carlos López Otín, una de las mayores autoridades españolas en investigación oncológica, a los que AVALL no tuvo mas que poner un correo electrónico y se ofrecieron inmediatamente a dirigirse a los alumnos de bachiller llaniscos rechazando de ante mano cualquier retribución económica.

Es necesario explicar aquí, para comprender ciertos aspectos de la sociología llanisca y el comportamiento de algunos sectores, determinados extremos.

Existen en Llanes, como en todas partes, grupos sociales constituidos, en algunos casos, desde hace más de cien años, que en general, tienen su origen en costumbres religiosas y folklóricas. Así en Llanes existen tres grupos principales, denominados BANDOS, que representan, en principio, a los devotos de tres figuras religiosas : Sta. Maria Magdalena, San Roque, y Nuestras Señora la Virgen de Guía. Cada uno de ellos se celebra y acota para sí uno de los tres meses del verano , por este mismo orden: julio, agosto y septiembre. Los tres nacieron en el pasado siglo XIX y forman , conservando cada uno de ellos su personalidad, una muestra religiosa y folklórica que supone uno de los mayores imanes turísticos de la cornisa cantábrica, y su importancia y peso social en el concejo es de gran importancia y arraigo . Por descontado, la rivalidad entre ellos es histórica y exacervada, hasta el punto de que raro es el año en que la disputa no surge entre ellos por la cuestión mas peregrina, y desde luego en Llanes, todo el mundo sabe a cual de los Bandos pertenece cualquier vecino. Estos grupos o bandos han mantenido siempre, con el mismo calor, su rivalidad, así como su independencia en cuestiones políticas, materia en la que históricamente no intervienen al estar formado cada uno de ellos por socios de muy distintas tendencias ideológicas.

El pasado año 2003 el Bando de San Roque pretendió presentarse a los Premios Príncipe de Asturias, en la modalidad de Premio al Pueblo Ejemplar, decisión que afearon tanto los otros dos Bandos que, finalmente optó por crear una unión con los Bandos de Sta.María Magadalena y Virgen de Guía ,formando la Asociación de Bandos de Llanes, para en 1994 aspirar a dicho premio los tres juntos, y por ello, entre otras entidades, pidieron el apoyo público ante el Jurado de la agrupación AVALL.

Y AVALL, sospechando que algo extraño podía haber ocurrido para que después de mas de un siglo de extrema rivalidad los tres Bandos decidieran unirse para cualquier cosa, antes de prestar su apoyo, decidió investigar de qué forma y manera se había alcanzado esta decisión histórica, y descubrió lo siguiente: los Bandos de San Roque y Virgen de Guía no habían celebrado Asamblea General de sus socios antes de tomar esta decisión, con lo cual se había generado un gran malestar entre ellos ya que muchos socios no estaban en absoluto de acuerdo con la fusión. Y segundo, la llamada Asociación de Bandos de Llanes no existía legalmente, no constaba , como es preceptivo, en el Registro de Asociaciones del Principado de Asturias, por lo tanto, de ningún modo podía otorgársele un premio en metálico (cuatro millones de pesetas), que además proviene de los fondos públicos.

Ante semejante situación AVALL explicó a la opinión publica a través de los medios de comunicación que de ningún modo podía apoyar una iniciativa que nacía plagada de irregularidades administrativas de este tamaño. Su negativa a apoyar este extremo quedó suficientemente justificada y explicada ante los medios de comunicación.

Aun así, las Juntas Directivas de los Bandos, que habían tomado tal decisión a espaldas de sus Asambleas Generales, siguieron adelante con la candidatura, que lógicamente, fue rechazada por el Jurado de los Premios Príncipe de Asturias.

Como quiera que resulta necesario, porque de lo contrario es difícil comprender tan aparente necedad, se hace imprescindible apuntar que quien preside el Bando de San Roque, Don Anibal Purón Sanchez, es a su vez constructor de una mega- urbanización en Llanes y Presidente de la Asociación de Constructores local, lo cual explica su animadversión hacia AVALL y su continua comunión con el gobierno local, con el que , poco antes, encabezó una recogida de firmas con la intención de declarar NON GRATA a AVALL, iniciativa que supuso un autentico fracaso y de la cual nunca ,mas se supo.

Ahora, y con motivo del contencioso-administrativo presentado por el gobierno local contra el Ministerio del Interior por la declaración de Utilidad Publica de AVALL, el Sr. Purón Sánchez ha hecho lo mismo, es decir, ha emitido un escrito apoyando al gobierno local en esta iniciativa en nombre del Bando que preside, pero no ha convocado al efecto a la Asamblea General del Bando de San Roque, provocando así un grave conflicto interno en dicho Bando y devaluando el apoyo otorgado, absolutamente, al tratarse de una iniciativa personal que en absoluto responde al sentir del colectivo al que representa. Por su parte, los Bandos de Sta. María Magdalena y Virgen de Guía rechazaron, taxativamente, la iniciativa del gobierno local, invocando su independencia política.

Así lo hizo también la asociación de jubilados de Llanes , denominada La Dársena, que es la que cuenta en este Concejo con el mayor número de socios, argumentando también que su independencia está por encima de todo.

Otras asociaciones locales y regionales, cuyos apoyos a AVALL y su rechazo al contencioso que el Ayuntamiento ha emprendido se aportaran a esta causa en su momento, así como las de particulares y personajes conocidos en el ámbito regional y nacional.

Por otra parte, la asociación cultural denominada El Llacin, ha tenido el mismo comportamiento que el Bando de San Roque. Presidida por Don Julio Tamés, miembro con cargo de la Ejecutiva de la Agrupación Socialista de Llanes, y por lo tanto por razones obvias, ha apoyado mediante escrito la iniciativa del gobierno del PSOE local. La Asamblea General de El Llacin no fue convocada, y es llamativo como su presidente, al mismo tiempo que toma tal decisión en nombre de unos asociados que en ese momento desconocen la enjundia de la misma y que mas tarde ya no pueden hacer nada, ocupa sitial en la mesa en la que se pide tal apoyo, es decir, se apoya a sí mismo, dando la espalda a la voluntad de un grupo de ciudadanos que religiosamente pagan sus cuotas y sostienen una asociación en cuyos estatutos se recoge la obligatoriedad de consultar a la Asamblea General.

Lo mismo cabe decir de FONTUR, asociación compuesta por algunos hoteleros locales, cuya Junta Directiva ha otorgado su apoyo al contencioso contra el Ministerio del Interior sin haber consultado con sus socios, algunos de los cuales han expresado su malestar a AVALL, tanto por el hecho de no haber sido llamados a consulta por su Presidente como por discrepar abiertamente con la decisión asumida por FONTUR.

Es necesario explicar también que la argumentación planteada tanto por el Bando de San Roque, como por la Asociación Cultural El Llacin en sus escritos de apoyo contra la declaración de Utilidad Publica de AVALL no se tiene de píe:

Dice la Junta Directiva del Bando de San Roque que AVALL no ha desarrollado actividades que justifiquen su Utilidad Publica, al tratarse de un grupo cerrado, que defiende sus propios intereses y sin vocación de servicio público Significativamente, ante la oportunidad brindada por la Agrupación de Bandos de Llanes para sumarse con su apoyo a nuestra iniciativa de concurrir al Premio Príncipe de Asturias del 2004, en su versión Pueblo Ejemplar, el posicionamiento de AVALL fue contrario a toda la sociedad llanisca, oponiéndose con ahínco en los medios de comunicación locales y regionales a la consecución de un premio que indudablemente hubiera supuesto un bien publico para nuestra villa y Concejo .Este posicionamiento demuestra por si solo la consideración que esta Asociación (AVALL) tiene del interés público de los llaniscos y lo inmerecidote la citada declaración de utilidad Publica.

Nótese que en primer lugar el documento (que se aporta) no cita a los presentes en la reunión, constándole a AVALL que varios de ellos no fueron citados ni están de acuerdo con la decisión. En segundo lugar decir que AVALL no ha desarrollado actividades, que defiende sus propios intereses y que no tiene vocación de servicio publico, es algo que resulta hasta pueril si se hecha un vistazo, siquiera sea superficial, al expediente de actividades de AVALL. En cuanto a ser un grupo cerrado, hay que decir que AVALL cuenta con unos estatutos perfectamente legales que la convierten en una asociación que cumple con todos los requisitos que exige el Estado de Derecho en el que se desarrolla.

Por otra parte, el hecho de otorgar o no un apoyo a la concesión de un premio es un acto que debe ejecutarse en libertad y dentro de ella, con independencia de que el resultado sea o no favorable a quien lo pide. De otra manera, las razones por las que no se otorgó este apoyo están ya suficientemente razonadas, considerando además que de haberles sido otorgado hubiera supuesto un desprestigió para Llanes cuando la organización de los Premios Principe hubiese descubierto que la denominada Asociación de Bandos de Llanes no existía ni poseía un CIF al que adjudicar el premio en metalico.

En cuanto a la argumentación planteada en el escrito de apoyo de la Asociación Cultural El Llacin, que comienza haciendo una gran defensa del derecho constitucional de asociación, del cumplimiento libre de los fines asociativos y dejando en evidencia que ningún poder público puede menoscabar el mismo, arrogándose para sí misma el derecho a opinar sobre asuntos políticos, (y parece ser que para nadie mas), que continúa su escrito aseverando que AVALL tiene una representación limitada, y una escasa implantación en el concejo, consideración cuya fundamento es desconocido, pues no especifica ni el número de socios de AVALL ni es posible saber cuantos admiradores o detractores existen de AVALL, como también ocurre con la propia asociación El Llacin, invoca también que AVALL, en su quehacer cotidiano manifiesta una obsesiva labor de oposición a las políticas que se llevan a cabo desde la mayoría municipal, añadiendo no obstante, que está en su legitimo derecho. (¿)

Y finalmente dice que no esta de acuerdo con las formas de actuación de AVALL, sin especificar cuales son estas, y rechaza el uso abusivo de la justicia gratuita, que según El LLacin , hace AVALL. Siendo esta última una aseveración curiosísima, pues en todo caso, una vez que se le concede a una agrupación la declaración de Utilidad Pública, el uso de la justicia gratuita viene dado por la propia ley sin especificación ni limitación alguna para su uso, entendiéndose, claro está, que su utilización coincida con los fines estatutarios de la misma, tal y como ocurre en el caso de AVALL.

Y finalmente resulta especialmente esperpéntico su afirmación de que el uso de esa Justicia Gratuita es especialmente gravosa para las estructuras municipales, no pudiendo explicarse de ninguna manera en qué y cómo pueden gravarse dichas estructuras porque una asociación vecinal haga uso de la justicia gratuita, siendo muy gravoso para las arcas municipales, en cambio, la asunción de contenciosos-administrativos ,pagados por las arcas publicas municipales, que como en el caso que nos ocupa no aportan ningún beneficio, con independencia del sentido de la sentencia final, al interés general de los ciudadanos.

Sirvan estos ejemplos como muestra de la imperiosa y constante necesidad , tanto del PSOE como de aquellos sectores interesados en la mera especulación del suelo, de perseguir la acción de AVALL, movilizando a la sociedad llanisca en su contra utilizando todo tipo de medidas inconfesables, actitud que , contrariamente a lo pretendido, ha servido para que la opinión publica otorgue a AVALL el justo reconocimiento de su trabajo en beneficio del interés general, máxime cuando, el discurrir del tiempo ha venido a demostrar, lamentablemente, que aquello que la Agrupación de Vecinos y Amigos de Llanes vaticinó, se ha cumplido.

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